La digitalización de la facturación en España continúa avanzando, aunque los cambios en el calendario de aplicación de Verifactu han generado incertidumbre entre autónomos, pymes y empresas. A fecha de 21 de octubre de 2026, conviene distinguir entre la obligación de utilizar sistemas de facturación adaptados a Verifactu y la implantación de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales, ya que se trata de dos medidas diferentes que no conviene confundir entre si.
Verifactu: una nueva prórroga anunciada, pero pendiente de aprobación
Tras el aplazamiento aprobado en diciembre de 2025, el calendario vigente situaba la adaptación obligatoria en el 1 de enero de 2027 para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades y en el 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales, incluidos los autónomos.
Sin embargo, Hacienda ha anunciado en octubre de 2026 una nueva ampliación del plazo, con la intención de trasladar la aplicación de estas obligaciones a octubre de 2028, para coordinarla con la entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria.
¿Está aprobada ya esta nueva prórroga? No. A fecha de este artículo, el anuncio no se ha traducido en una modificación normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Por tanto, mientras no se apruebe y publique la correspondiente norma, las fechas legalmente vigentes continúan siendo las de 2027. No debe confundirse el anuncio del Ministerio con una prórroga que ya tenga plena eficacia jurídica.
El Ministerio de Hacienda ha publicado una nota informativa informando de esta intención, pero no se ha aprobado aún dicha prórroga en los plazos. Adjuntamos enlace para acceder a esta nota: https://www.hacienda.gob.es/sgt/gabsehacienda/nota-informativa-verifactu.pdf
Factura electrónica obligatoria: ¿cuándo entra en vigor?
La factura electrónica obligatoria, impulsada por la Ley Crea y Crece, regula la emisión y recepción de facturas electrónicas en las operaciones comerciales entre empresas y profesionales. Su finalidad es favorecer la digitalización, mejorar el control de los pagos y combatir la morosidad.
La reciente Orden HAC/1028/2026, publicada el pasado 5 de octubre, establece los plazos de aplicación:
- 6 de octubre de 2027: para empresas y profesionales con un volumen de operaciones superior a ocho millones de euros anuales.
- 6 de octubre de 2028: para el resto de empresas y profesionales.
Estas fechas corresponden a la aplicación de la normativa de factura electrónica obligatoria y es intención del actual gobierno que coincida con la entrada en vigor del sistema Verifactu.
Esperemos que pronto se apruebe dicha ampliación y tengamos la seguridad de contar con una fecha clara de entrada en vigor y que los empresarios y profesionales puedan organizarse y revisar con los proveedores informáticos si los sistemas utilizados cumplen con los requisitos de Verifactu y de la factura electrónica, evitando inversiones duplicadas. Estaríamos ante la segunda ampliación del plazo lo que ha podido suponer a muchos empresarios haber anticipado una inversión de tiempo y dinero en nuevos programas informáticos que aún no son necesarios.

Comments are closed.